EL ALCALDE DE ORTIGUEIRA ESTABLECE EN UN BANDO LAS NORMAS PARA LAS HOGUERAS DE SAN JUAN Y SAN PEDRO
El alcalde de Ortigueira, Juan Penabad Muras, dictó un bando en el que anuncia la obligatoriedad de presentar en el registro municipal una notificación previa para la organización de hogueras de San Juan y San Pedro, haciendo constar el DNI del solicitante y el lugar donde se va a desarrollar.
En todos los casos deberán respetarse las normas derivadas de la situación actual a consecuencia de la Covid-19 y no se podrá hacer fuego en espacios públicos con pavimento de hormigón o asfalto, sobre césped de las zonas verdes, ni en las playas y áreas vegetales limítrofes a las mismas. En otra clase de espacios públicos se tomarán las medidas necesarias para no provocar daños en el suelo.
La persona responsable de la hoguera tendrá que tomar las medidas oportunas para evitar su propagación y en el caso de emergencia llamar al 085 o 112.
El máximo de altura y diámetro permitido para los fuegos es de tres metros; los de dos metros de alto y uno de diámetro y menores tendrán que estar separados un mínimo de 8 metros de edificios, construcciones, locales, árboles, tendidos eléctricos o telefónicos y cañerías de gas. Esta distancia aumentará hasta 12 metros si son de mayor tamaño. Habrá que asegurarse también de que no hay a las afueras locales que contengan productos inflamables -la distancia mínima de estos será de 25 metros-, no se podrán quemar neumáticos, plásticos, espuma de poliuretano, aceites, muebles o cualquier cosa que al arder provoque un humo tóxico, y tampoco se podrá iniciar ni avivar el fuego con sustancias inflamables.
En caso de viento no se podrán hacer las hogueras, que tendrán que ser apagadas se este hace su aparición. Al finalizar las hogueras, sus responsables se asegurarán de que las cenizas queden totalmente apagadas y no podrán dejar de vigilar la zona hasta que sea así.
En todo caso, serán responsabilidad de las personas que hacen estos fuegos los daños que se habían podido producir.